Micelio
Auto12 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Caja De Prevision Social De Casanare Eps·Demandado Ese Hospital Valle De Tenza

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Expedido Por Empresa Social Del Estado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo expedido por Empresa Social del Estado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarto Administrativo de Oralidad del Circuito de Tunja y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.

El conflicto versa sobre el conocimiento de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Capresoca contra la ESE Hospital Regional Valle de Tenza, solicitando la nulidad de un acto administrativo emitido por esa entidad pública.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que, salvo norma especial que establezca lo contrario, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de las acciones de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de actos administrativos expedidos por Empresas Sociales del Estado, de conformidad con los artículos 104 y 138 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 194 de la Ley 100 de 1993.

Con base en lo anterior se remite el expediente al Juzgado Cuarto Administrativo de Oralidad del Circuito de Tunja, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Cuarto. Administrativo de Oralidad del Circuito de Tunja y el Juzgado
  3. Primero. Laboral del Circuito de Tunja, y DECLARAR que el Juzgado
  4. Cuarto. Administrativo de Oralidad del Circuito de Tunja es el competente para conocer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Capresoca contra la ESE Hospital Regional Valle de Tenza.
  5. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3314 al Juzgado
  6. Cuarto. Administrativo de Oralidad del Circuito de Tunja para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados, y al Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de Tunja.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.